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Cadena de Valor

May 28, 2024

Los proveedores y contratistas son destinatarios de la Guía de DDHH y Empresa (2023). Esta es de obligatorio conocimiento y aplicación para este grupo de interés. Nuestros proveedores deben velar por que sus actuaciones se enmarquen siempre en sus lineamientos.

 

 Actualizamos nuestro anexo de Derechos Humanos y Diversidad, Equidad e Inclusión

En 2023 la Compañía aprobó el anexo de DDHH y Diversidad, Equidad e Inclusión (DEI), dirigido a proveedores y contratistas, el cual busca que proveedores y contratistas de Ecopetrol:

  • Formulen sus compromisos públicos de actuación y gestión en DDHH y DEI.
  • Fortalezcan los mecanismos de prevención y atención de afectaciones relacionadas con estas temáticas.
  • Realicen ejercicios de debida diligencia.
  • Rechacen y tengan cero tolerancia con situaciones de violencia, acoso o discriminación.
  • Respeten la labor de las personas defensoras de DDHH y líderes ambientales y sociales.

 

Nuestro compromiso en la cadena de suministro

A través de su reglamento interno de trabajo en las actividades contratadas, Ecopetrol indica las normas laborales que todos los proveedores deben cumplir con sus trabajadores al realizar actividades para la empresa.

A través de nuestra Guía de Derechos Humanos manifestamos expresamente nuestro compromiso con el respeto de todos los Derechos Humanos. Los siguientes elementos son particularmente relevantes en la cadena de suministro:

 


Evaluación de desempeño de contratistas

Ecopetrol ha establecido una metodología y criterios para evaluar el desempeño, de manera que se aseguren relaciones contractuales con los mejores Contratistas de bienes y servicios, y se cumpla con los fines de la contratación, así mismo, la evaluación de desempeño de contratistas contempla la gestión integral de la sostenibilidad en la ejecución de los contratos, por lo cual, cuenta con criterios de evaluación para la gestión Ambiental, Social y Gobernanza (ASG).  

Evaluamos el desempeño de nuestros contratistas con base en las siguientes tres gestiones y cinco criterios: 

1. Gestión ambiental: Medir el cumplimiento del criterio “Aspectos HSE” con el fin de monitorear y reducir el potencial impacto negativo en las personas, el ambiente y las instalaciones durante de la ejecución de los contratos.  

2. Gestión Social: Medir el cumplimiento de: 

  • Criterio Aspectos Laborales y Comerciales: Monitorear y medir el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de tipo comercial, laboral o de seguridad social, y monitorear el cumplimiento de la vinculación laboral inclusiva o vinculación de mano de obra local calificada superior al porcentaje establecido en la legislación. 
  • Criterio Gestión de Entorno: Monitorear y medir los incidentes, quejas y reclamos que generen afectación al entorno y que sean atribuibles al contratista. Así mismo, mide el nivel de cumplimiento del compromiso adquirido por el contratista para la Promoción de la oferta local en materia de gestión de encadenamientos y actividades para la generación de valor. 

 

3.Gestión Gobernanza: Medir el cumplimiento de:  

  • Criterio Eficiencia operativa: Monitorear y medir la eficiencia del servicio contratado y el cumplimiento de la promesa de valor en temas económicos, técnicos, objeto y alcance del contrato y/o de la estrategia de abastecimiento.
  • Criterio Plazos del Contrato: Evaluar el cumplimiento del plan de trabajo pactado y el seguimiento y control de la entrega de documentos administrativos, que contempla la habilitación del contratista en el Sistema de Información de Proveedores, cumpliendo con los requisitos legales, financieros, comerciales, HSE y de ética y cumplimiento. 

Con el ánimo de evaluar el desempeño de nuestros contratistas en asuntos relevantes en materia de DDHH, desde la Función de Abastecimiento, se identifican 3 criterios de evaluación con potencial impacto en este aspecto: 1) Aspectos Laborales y Comerciales, 2) Aspectos HSE y 3) Gestión de Entorno, sin embargo, cada criterio evaluado contempla diferentes variables adicionales a la gestión de DDHH. Con base en esto, tenemos:

  1. Aspectos laborales y comerciales, aplica cuando el contrato cuenta con:

  • Vinculación de mano de obra con dedicación exclusiva (Laboral, seguridad social), y/o
  • Compromiso de vinculación laboral inclusiva o de vinculación de mano de obra local calificada superior al porcentaje establecido en la legislación, y/o
  • Subcontratación y Proveeduría de bienes y servicios (Comercial)

 
a.    Cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de tipo laboral o de seguridad social son: Si se evidencian incumplimientos de carácter laboral o de seguridad social que estén valorados como de muy alto o de alto impacto (consultar el Anexo 1 de este documento: “Incumplimientos Laborales considerados de alto y muy alto impacto”).
b.    Cumplimiento de obligaciones contractuales de vinculación laboral de acuerdo con el compromiso presentado por el proveedor: Si se evidencian incumplimientos frente al compromiso presentado por el proveedor en la oferta comercial de: vinculación laboral inclusiva (cuando aplique) o vinculación de mano de obra local calificada superior al porcentaje establecido en la legislación (cuando aplique), estos deben ser tenidos en cuenta para la evaluación de este criterio.
c.    Cumplimiento de obligaciones comerciales: Para evaluar el cumplimiento de las obligaciones con terceros (proveedores y subcontratistas) civiles o comerciales de los Contratistas, se deberá tener en cuenta el número de incumplimientos frente al número de meses de ejecución del contrato
 
2.  Criterio de Aspectos HSE, este criterio aplica en contratos de servicios ejecutados:

  • Dentro de instalaciones de Ecopetrol y bajo su control operacional.
  • Fuera de instalaciones de Ecopetrol pero que estén bajo su control operacional.
  • Mediante el esquema de cartas de adscripción con profesionales de salud que desarrollan labores dentro de las instalaciones de Ecopetrol.

 
d.    Índice de Frecuencia Total de Casos Registrables (TRIF) (*)
 

TRIF: Índice de Frecuencia Total de Casos Registrables

  • El límite del TRIF es el definido en la planeación del contrato (Ver capítulo 3.2. Planeación de la evaluación de desempeño de contratistas numeral 4).
  • En los casos que el límite del TRIF para el contrato, sea el definido por Ecopetrol para la Vicepresidencia, Gerencia o Departamento, cuando este valor cambie, se debe actualizar y notificar al Contratista.

Si TRIF <= Límite definido, obtendrá el 100% de los puntos
 
Si TRIF > Límite definido, obtendrá 0 puntos

 


e.    HIPO: Evento de alto potencial con afectación a personas o al ambiente definidos de acuerdo con el estándar de ECP

HIPO: Evento de alto potencial con afectación a personas o al ambiente definidos de acuerdo con el estándar de ECP

  • El límite en todos los casos en los que aplique este aspecto será 0

HIPO = 0 obtendrá 100% de los puntos

HIPO > 0 obtendrá 0 puntos


 4.Criterio Gestión de Entorno: Aplica cuando el contrato cuenta con el desarrollo de actividades operativas con potencial de generar conflicto con los grupos de interés en territorio, dentro de este criterio se consideran los siguientes aspectos: i) Incidentes de Entorno atribuibles a contratistas y/o ii) Quejas y reclamos con afectación al entorno.
 
a. Incidentes de entorno atribuibles a contratistas: La evaluación de este componente se realizará teniendo en cuenta el número de incidentes de entorno atribuibles al contratista. 


f.Quejas y reclamos con afectación al entorno: Se tendrá en cuenta aquellas quejas y reclamos clasificados como válidos y atribuibles al contratista, relacionadas en el informe con temas de entorno por proveedores.

Socios

En el marco del relacionamiento de Ecopetrol con sus socios, se promueve el cumplimiento de los más altos estándares en materia de DDHH y empresa, tales como el establecimiento de procesos de debida diligencia, el monitoreo continuo de estos asuntos, el reporte oportuno a los grupos de interés, el respeto por la labor de los defensores de DDHH, el establecimiento de mecanismos de reclamación y reparación, entre otros. Así mismo, las empresas se comprometen a identificar impactos adversos que se puedan llegar a ocasionar en desarrollo de las operaciones.

Las actividades realizadas con nuestros socios son respetuosas de los DDHH lo que permite asegurar la debida diligencia en operaciones que se desarrollan en sociedad.

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