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TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA BACHILLERES ECOPETROL

El Programa Bachilleres Ecopetrol Mario Galán Gómez, es una iniciativa de inversión social voluntaria de Ecopetrol S.A., mediante la cual se promueve y reconoce la excelencia académica de estudiantes provenientes de las zonas rurales del país, de las zonas de interés y operaciones de la compañía, y/o beneficiarios de otros programas de inversión de la compañía, a través del otorgamiento de becas que faciliten el acceso a la educación superior de calidad.

Este Programa se fundamenta en la Estrategia de Gestión de Entorno de ECOPETROL y en particular en los principios y finalidades que orientan como uno de los focos de la inversión socioambiental la Educación, permitiendo que jóvenes estudiantes destacados por sus resultados académicos puedan tener acceso a educación superior con calidad, mejorando el capital humano, facilitando la movilidad social y la resolución pacífica de conflictos.

Ecopetrol S.A. publica el presente documento denominado términos y condiciones, el cual contiene información general sobre la postulación a la beca Bachilleres Ecopetrol Mario Galán Gómez, definida en el Reglamento Interno del Programa de Bachilleres Ecopetrol “Mario Galán Gomez” GDE-R-001 V5.

 

Del acceso y uso de la página Web 

  • 1.1. El acceso al sitio web por parte de los postulantes tiene carácter libre y gratuito.
  • 1.2. El sitio web está dirigido exclusivamente a los bachilleres, que ostenten un puntaje mayor o igual a 350 puntos en la Prueba Saber 11 del año inmediatamente anterior a la fecha de la postulación.
  • 1.3. El sitio web tiene por finalidad brindar al postulante la información necesaria y relacionada con la postulación.

Descripción General de la beca

En términos generales el programa incluye los siguientes beneficios: Orientación profesional, el 100% del valor de la matrícula universitaria para un período lectivo ordinario en universidades o programas acreditados de alta calidad por el Ministerio de Educación Nacional. Cubre el número de créditos, materias o semestres exigidos por la institución y aprobados según el pensum correspondiente. Adicionalmente cubre los derechos de grado; un auxilio semestral de valor fijo establecido anualmente por Ecopetrol, con el fin de sufragar costos de transporte, textos, útiles y demás gastos educativos en los que deba incurrir el estudiante; un auxilio semestral de valor fijo establecido anualmente por Ecopetrol S.A. para aquellos beneficiarios que adelanten estudios fuera del municipio de residencia de sus padres.

Procedimiento de postulación.

El interesado deberá inscribirse en la página web de la empresa una vez se abra la convocatoria y deberá tener los siguientes requisitos:

  • a) Ser ciudadana o ciudadano colombiano.
  • b) El postulante originario u originaria de las zonas rurales del país, de las zonas de interés y operaciones de la compañía; y/o beneficiario o beneficiaria de otros programas de inversión social de Ecopetrol deberá aplicar a la beca en línea.
  • c) El puntaje total obtenido en la Prueba Saber 11 es igual o mayor a 350 puntos.
  • d) El resultado de la Prueba Saber 11 corresponde al año anterior del año en que se entrega la beca y se debe subir a la plataforma el resultado de su prueba y su idoneidad será verificada con el ICFES a través del Ministerio de Educación Nacional.
  • e) El postulante deberá anexar una carta de recomendación de un directivo docente del colegio donde finalizó su básica secundaria la cual deberá subir a la plataforma.
  • f) El postulante deberá presentar un ensayo máximo de 500 palabras describiéndose y describiendo porque se merece la beca.
  • g) El postulante debe completar en su totalidad la información requerida en la plataforma dispuesta para su postulación.
  • h) No es elegible quien está disfrutando o tenga asignada otra beca o reconocimiento para estudios universitarios. Sí el estudiante quiere ser beneficiario de esta beca, deberá renunciar por su cuenta a cualquier otra beca que tenga asignada.

Procedimiento de selección:

  •  4.1. El proceso de selección de los beneficiarios de la Beca será de completa discrecionalidad de la Empresa, y se realizará conforme a los parámetros establecidos en el documento interno de Ecopetrol S.A., denominado Reglamento GDE-R-001 V5.
  • 4.2. La población total beneficiaria de esta iniciativa voluntaria será de hasta setenta (70) beneficiarios por año. No obstante, el número máximo de beneficiarios por año podrá variar conforme a las decisiones que se alineen con la estrategia empresarial.
  • 4.3. Se entiende por postulante, todo estudiante que se haya inscrito a la convocatoria. Se entiende por beneficiario opcionado, un estudiante que se ha inscrito en la convocatoria y cumple con los requisitos establecidos en el reglamento interno del programa. Se entiende por beneficiario aquel estudiante que ha sido seleccionado para la beca cumpliendo con los requisitos establecidos en el reglamento GDE-R-001 V5.
  • 4.4. Ecopetrol S.A. verificará con el Ministerio de Educación y el ICFES la idoneidad de la información suministrada por el/la postulante.
  • 4.5. Los postulantes son libres de participar en el proceso de selección y suministrar la información solicitada.
  • 4.6. El hecho de la postulación no genera ninguna clase de compromiso u obligación para Ecopetrol S.A.

Del proceso de acceso al beneficio:

  • 5.1. Los beneficiarios de la beca deberán formalizar el proceso de inscripción al programa de acuerdo con los parámetros especificados por Ecopetrol y el reglamento del programa GDE-R-001 V5.
  • 5.2. Los beneficiarios del Programa dispondrán de un (1) año máximo para hacer uso del beneficio que le fue otorgado, contado a partir de la fecha de radicación de la comunicación de otorgamiento del beneficio, con la excepción de quienes deban prestar servicio militar. En estos casos, a quien la Universidad les exija cancelar la matrícula para guardar el cupo, Ecopetrol S.A., les anticipará el 100% del valor de la matrícula para que puedan cumplir con esta exigencia.
  • 5.3. El programa Bachilleres Ecopetrol no apoya cursos de extensión y tampoco programas académicos de educación superior en el exterior.
  • 5.4. La beca cubre los gastos de los beneficiarios que están cursan o cursarán sus estudios en jornada diurna, en modalidad presencial y en instituciones de educación superior con aprobación oficial y que promueven la educación con calidad.
  • 5.5. Los beneficiaros se comprometen a gestionar frente a la institución educativa el acceso a la misma.

Otras disposiciones con relación al programa de becas.

  • 6.1. Ecopetrol S.A. financiará solamente una (1) carrera profesional a cada Bachiller, conforme a los semestres o créditos universitarios establecidos por cada institución educativa. No financiará adelantos en tiempos de vacaciones, ni intersemestrales ni intercambios en el exterior, matriculas extemporáneas, ni costos académicos adicionales ocasionados por la no legalización a tiempo.
  • 6.2. El beneficiado se compromete a mantener el promedio exigido por la Universidad.
  • 6.3. Ecopetrol sólo aceptará repetición o aplazamiento de un periodo, por temas médicos debidamente documentados.
  • 6.4. El beneficiario se compromete a participar de las actividades de acompañamiento, hará parte activa de la comunidad virtual del Programa y participará en las actividades relacionadas con el mismo y convocadas por Ecopetrol.
  • 6.5. El beneficiario deberá informar a Ecopetrol sobre su situación académica, a través de la preparación y presentación de un informe académico semestral en el que reconoce sus logros, retos y acciones de mejora.
  • 6.6. Los beneficiarios procurarán por honrar el apoyo recibido, destacándose por su excelencia académica y en lo posible retornando conocimiento y acompañamiento a Ecopetrol mediante los mecanismos que se establezcan en el marco del programa, sin que esto llegue a generar algún vínculo de índole laboral o contractual.
  • 6.7. Garantías a favor de Ecopetrol. Los beneficiarios deberán firmar, una vez inicien sus estudios, un pagaré en blanco a favor de ECOPETROL de acuerdo con el documento denominado GTH F-120 o el que esté vigente, que deberá ser firmado por los padres del beneficiado y debidamente autenticado. Este pagaré se hará efectivo por el valor total de los desembolsos efectuados al estudiante, en cualquiera de los siguientes casos: a) cuando el beneficiario no utilice el anticipo para el pago de la matrícula. b) cuando se comprueban acciones fraudulentas por parte del beneficiario en relación con la beca.
  • 6.8. El cometer fraude al Beneficio Educativo, así como la falsedad o adulteración de documentos, serán sancionados por Ecopetrol de acuerdo con lo previsto en la Ley, y podrá hacerse exigible el pagaré. La notificación de los casos a las autoridades competentes será realizada por el funcionario del área de Ecopetrol que corresponda.
  • 6.9. Si un bachiller Ecopetrol por cualquier razón es expulsado de la universidad donde estudia, también será retirado del programa.
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